La Ley de Cumplimiento Tributario de Cuentas Extranjeras, conocida principalmente por sus siglas en inglés FATCA (Foreign Account Tax Compliance Act) es una Ley de Estados Unidos firmada por el presidente Barack Obama y aprobada por el Congreso de Estados Unidos en 2010 y que está vigente desde el año 2013.  El objetivo de esta disposición es el control de la evasión fiscal por el gobierno de Estados Unidos mediante la identificación de los ciudadanos de este país y residentes en él que tengan dinero cuentas o fondos depositados en instituciones financieras extranjeras.  Para ello se requiere obligatoriamente a todas las instituciones financieras de fuera de Estados Unidos para que identifiquen e informen de los ciudadanos y residentes norteamericanos que tienen depósitos e inversiones en esos bancos. 

La ley tiene carácter extraterritorial en la medida que obliga a las entidades financieras extranjeras a informar sobre cuentas bancarias de sus clientes. La intención de la ley es establecer una relación directa entre las instituciones financieras y el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos (USDT). Sin embargo,   en algunos casos, a los bancos no le  es posible cumplir los requerimientos sin violar las leyes locales; especialmente relativas a privacidad, secreto bancario y discriminación por razón de origen.   Para reducir los problemas legales y proteger los intereses comerciales de las empresas y los bancos que tienen filiales en Estados Unidos, diversos países han firmado Acuerdos Intergubernamentales para implementar FATCA.  

Todos los que tienen un vínculo con la nacionalidad estadounidense están obligados globalmente al pago de impuestos al estado norteamericano, independientemente de su lugar de residencia, del origen de sus ingresos, tengan también la nacionalidad de otro país o paguen ya impuestos en otro país donde tienen su residencia. Esto incluye a los llamados “americanos por accidente”: personas que nacieron en territorio estadounidense, o que uno de sus padres tiene la nacionalidad estadounidense, o en algún momento vivieron en los EE. UU. A criterio de las leyes estadounidenses, tienen obligaciones fiscales con los EE. UU., aunque hayan vivido toda su vida adulta fuera de territorio norteamericano.

La ley FATCA tiene las siguientes disposiciones importantes:  Exige a las instituciones financieras no estadounidenses, como los bancos, a indagar entre sus clientes personas sospechosas de tener la ciudadanía estadounidense. Las personas con nacionalidad estadounidenses que poseen o tienen autoridad para firmar en estas cuentas o activos extranjeros deben informarlo al IRS,  bajo el titulo de  Declaración de Activos Financieros Extranjeros, que se incluye con las declaración de impuestos a los EE. UU. 

Otros afectados por FATCA incluyen: Cualquier persona que no sea de los EE. UU. que comparta una cuenta conjunta con una persona de los EE. UU. o que permita que una persona de los EE. UU. tenga autoridad signataria en su cuenta.  Cualquier organización comercial o sin fines de lucro en las que se identifique una persona con la ciudadanía estadounidense.  Si el usuario es recalcitrante a cumplir con el requerimiento, el banco informará igualmente al IRS del balance y movimientos de sus cuentas bancarias, información personal y establecen provisiones para bloquear su cuenta.

También deben someterse al complejo impuesto de expatriación (Exit Tax), por sus bienes e ingresos en los últimos cinco años. Como expatriados las herencias y otras donaciones pueden ser fiscalizados con una tasa del 40%.   Independientemente, de cumplir con el pago de la obligaciones fiscales, el IRS también puede establecer sanciones de 10.000$ por no remitir correctamente el formulario 8854.13​

Según lo dispone la ley, las instituciones financieras (bancos etc.etc-)  deben poner a disposición del IRS (El Internal Revenue Service es la autoridad fiscal de Estados Unidos) información relacionada con cuentas y productos financieros de dichas personas.  Para las entidades financieras que no acepten firmar acuerdos con el IRS, esta ley prevé que las transferencias de rendimientos y otros conceptos provenientes de esos activos en el exterior, estén sujetos a una retención del 30%. Esta sanción por no reportar la información supone en la práctica una prohibición para hacer negocios en Estados Unidos. El sistema prevé igualmente sanciones para las instituciones financieras o los individuos que no se ajustarían (“recalcitrantes”), que pueden llegar hasta el cierre forzado de la cuenta de un particular o una muy importante deducción vía impuestos del 50 % del valor de una inversión.

Normalmente, el banco informa a la Agencia Tributaria local y esta a la administración estadounidense. Sin embargo la ley FATCA no establece ningún mecanismo de reciprocidad para que los bancos estadounidenses informen a otros países de cuentas bancarias estadounidenses, que pudieran utilizarse para evadir impuestos. En la actualidad solo existe un compromiso limitado de las autoridades estadounidenses en base acuerdos bilaterales, sin que hasta la fecha sean efectivos. Cinco países (Francia, Alemania, Italia, España y el Reino Unido) firmaron un protocolo ​ con los Estados Unidos donde se comprometen a hacer aplicar este dispositivo a sus propios bancos y consienten la aplicación de FATCA dentro de su territorio, estableciendo provisiones y enmiendas en sus acuerdos bilaterales para facilitar información de cuentas bancarias, lugar de residencia, y números fiscales, a petición de las autoridades estadounidenses. ​ Otros países han firmado acuerdos similares con diferentes grados de aplicación.

La ley FATCA y los acuerdos subsiguientes firmados para lograr su cumplimiento forman parte de la batería de medidas aprobada a nivel internacional para luchar contra el fraude fiscal internacional en el contexto de globalización económica, en el que los gobiernos tratan de ser tan globales como los contribuyentes, y se sitúa en la misma línea de las iniciativas de la Comisión Europea y de la OCDE para establecer un intercambio de información automático como vía para cerrar el fraude fiscal internacional

Si las cuentas tienen un valor de más de 50.000 dólares para los residentes en los EE. UU. o 200.000 dólares  al final del año fiscal si son residentes en el extranjero. FATCA también aumentó las sanciones a los estadounidenses cuyas cuentas no se encuentran en los EE. UU. Los titulares de las cuentas estarían sujetos a una multa 100.000$ o del 40% del activo financiero extranjero no revelado (el valor más alto). También requiere que los contribuyentes informen los activos financieros que no se mantienen en una cuenta de custodia, es decir, acciones físicas o certificados de bonos.  Los requisitos de presentación de informes son adicionales a las existentes para los residentes en los Estados Unidos a la Red de Ejecución de Delitos Financieros de los Estados Unidos (FinCEN) a la que también están obligados los no residentes. 

De acuerdo con la publicación semestral del registro federal del IRS, en el periodo desde el año 2010 al 2018 se han poducido 29.376 renuncias a la ciudadanía estadounidense. En comparación, durante el periodo 2001 al 2009 se registraron 4.815 renuncias. Los motivos de las renuncias pueden ser diversos, pero es difícil negar la evidencia que la gran mayoría de las renuncias en la segunda década están motivados por FATCA y evadir las obligaciones fiscales que impone a los ciudadanos estadounidense que residen en otros países y se ven sujetos a dobles imposiciones. 

Cree un sitio web gratuito con Yola